El presidente Daniel Noboa tiene vía libre para, cuando lo considere, emitir un decreto convocando a un referéndum donde se consulte a la ciudadanía si está de acuerdo con que la designación de autoridades esté a cargo de la Asamblea Nacional y no del Consejo de Participación Ciudadana (Cpccs) como ocurre a la fecha.
El Primer Mandatario tiene luz verde luego de que la Corte Constitucional (CC) dio su visto bueno final, pues la Presidencia de la República hizo la corrección solicitada.
Eso sí, la Corte Constitucional hizo un llamado de atención al presidente Noboa y al CNE, porque la corrección no fue directamente enviada por el Jefe de Estado, sino que la envió al Consejo Nacional Electoral (argumentando que es la máxima autoridad del país porque la nación está en periodo electoral) para que esta a su vez la envíe a la CC.
“en atención a que la información fue puesta en conocimiento de este organismo de forma íntegra antes de la continuación del procedimiento de referendo, y por razones de economía procesal, se decide, por esta ocasión, dar trámite a dicha remisión y tener por satisfecha la finalidad de la medida”, recoge en una nota diario El Universo
¿Qué dice la pregunta?
¿Está usted de acuerdo con eliminar la facultad de designar autoridades que tiene el CPCCS e implementar procesos públicos que garanticen la participación ciudadana, meritocracia y escrutinio público, de modo que sea la Asamblea Nacional la que designe a través de estos procesos a las autoridades que actualmente elige el CPCCS enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo de la pregunta?
La propuesta de enmienda constitucional plantea que la Asamblea Nacional designe autoridades como Fiscal General, consejeros del CNE, jueces del TCE, vocales de la Judicatura, superintendentes, Procurador General.
Habrá tres tipos de procesos para elegir autoridades:
Por postulación ciudadana: Habrá, como en el Cpccs, una Comisión Técnica de Selección, cuyos integrantes valorarán a los postulantes, determinarán un orden de los mejor puntuados y elaborarán un informe vinculante para que el Pleno los escoja. Mediante este mecanismo se elegirá a: Contralor, Fiscal, Defensor Público, Defensor del Pueblo, CNE y TCE.
Por ternas del Presidente: Superintendencias y Procurador General del Estado
Consejo de la Judicatura: Cinco funciones del Estado enviarán sus ternas y una Comisión Técnica de Selección hará un proceso de selección, escrutinio e impugnación ciudadana. Dicha comisión ahora tendrá entre sus integrantes a un delegado de la función de Transparencia y Control Social, un asambleísta nacional y tres representantes de las universidades.
Si el Cpccs no termina los concursos que tiene en marcha hasta que se proclamen los resultados del referéndum, estos se declararán desiertos, lo que dará cabida a la prórroga de autoridades.
¿Cuándo se convocará a referéndum?
Cuando Daniel Noboa emita el decreto convocando a un referéndum, el CNE tendrá 15 días para hacer la convocatoria y hasta 60 días para realizar el proceso.
Sin embargo, es posible que se admita que este proceso se realice junto a las elecciones seccionales del 29 de noviembre de 2026. Ecuavisa.com
